🏡 Beneficios Fiscales para la Compra de Viviendas en Catalunya

1️⃣ Beneficios Fiscales para Personas Físicas en la Compra de Inmuebles Destinados a Vivienda

1.1. IRPF: Adquisición o Rehabilitación de la Vivienda Habitual

Según la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (art. 68.1), se considera vivienda habitual aquella en la que el contribuyente reside de forma continuada durante 3 años. Sin embargo, actualmente las desgravaciones en el IRPF por vivienda han desaparecido.

💡 Ayudas del Plan Estatal de Vivienda 2022-2025:

A. Ayudas para la adquisición de vivienda habitual para menores de 35 años
Requisitos:

  • Residencia habitual y permanente durante al menos 5 años.
  • No ser propietario de otra vivienda en España, salvo excepciones justificadas (separación, divorcio, etc.).
  • Ingresos iguales o inferiores a tres veces el IPREM.
  • Precio de compra de la vivienda igual o inferior a 120.000 €.

💰 Importe de la ayuda: Hasta 10.800 €, con un límite del 20% del precio de adquisición.

B. Ayudas para el mantenimiento de viviendas para mayores de 65 años
Requisitos:

  • Personas mayores de 65 años con ingresos iguales o inferiores a tres veces el IPREM.
  • La vivienda debe ser la habitual y permanente.
  • Tener un patrimonio inferior a 100.000 €.

💰 Importe de la ayuda: Hasta 200 € al mes para cubrir gastos de mantenimiento, comunidad y suministros, por un plazo de tres años.

1.2. IRPF: Adquisición o Rehabilitación de la Segunda Vivienda

En Catalunya no se prevén beneficios fiscales para la adquisición o rehabilitación de segundas residencias.

2️⃣ Compra de Vivienda de Obra Nueva: IVA y AJD

2.1. Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA)

  • Tipo general: 10% de IVA en la compraventa de vivienda.
  • Tipo reducido: 4% de IVA para viviendas de protección oficial pública (VPO).

⚠️ Nota: El comprador de una vivienda de obra nueva no podrá deducirse el IVA.

2.2. Actos Jurídicos Documentados (AJD)

A. Compraventa de vivienda sujeta a IVA: Tipo impositivo de 1,5% de AJD.
B. Declaración de obra nueva: 1,5% de AJD.
C. Adquisición de vivienda VPO: Tipo especial de 0,1% – 0,5% según las circunstancias:

  • 0,1%: Para la adquisición de viviendas declaradas protegidas (VPO).
  • 0,5%: Para la constitución de préstamos hipotecarios.

Requisitos para tipo especial:

  • Personas menores de 32 años.
  • Discapacidad igual o superior al 33%.
  • Ingresos en la última declaración de IRPF no superiores a 30.000 €.

💼 Gastos Asociados a la Hipoteca:

  • Gastos asumidos por la entidad financiera: Impuesto de AJD, Notaría, Registro, Gestoría.
  • Gastos asumidos por el cliente: Tasación y su copia de escritura.

⚠️ Advertencia: En hipotecas firmadas antes de la Ley 5/2019, los gastos de tasación deben ser asumidos por el banco.

3️⃣ Compra de Vivienda en Segunda o Ulteriores Transmisiones: ITP

3.1. Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP)

  • Tipo general: 10% para viviendas hasta 1.000.000 €; 11% si supera este importe.
  • Vivienda de VPO: 7%.
  • Inmuebles rústicos: 10%.

💡 Tipos Especiales de ITP:

A. 5% para familias numerosas
Requisitos:

  • Miembro de familia numerosa.
  • Bases imponibles del IRPF de la familia menores a 36.000 €, más 12.000 € adicionales por cada hijo que exceda el número mínimo para ser considerada familia numerosa.

B. 5% para familias monoparentales
Requisitos:

  • Miembro de familia monoparental.
  • Bases imponibles del IRPF menores a 36.000 €, con un incremento de 14.000 € por cada hijo que exceda el número mínimo para ser considerada familia monoparental de categoría especial.

C. 5% para personas con discapacidad
Requisitos:

  • Discapacidad igual o superior al 65%.
  • Bases imponibles del IRPF menores a 36.000 €.

D. 5% para jóvenes menores de 32 años
Requisitos:

  • Base imponible total del IRPF menor a 36.000 €.

E. Reducción del 70% para profesionales inmobiliarios que revendan viviendas adquiridas
Requisitos:

  • La vivienda debe estar en el activo circulante y ser transmitida dentro de los cinco años siguientes.

F. Bonificación del 100% para cooperativas sin ánimo de lucro en régimen de cesión de uso.

Este artículo te da una visión completa de los beneficios fiscales que puedes aprovechar al comprar una vivienda en Catalunya, tanto si eres un joven comprador, una persona mayor, o si te encuentras en alguna situación especial. ¡Aprovecha estos incentivos para hacer la compra de tu vivienda más accesible! 🏠💸

Fuente: www.apivirtual.com

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